El Sistema Educativo italiano en el curso de referencia de esta publicación, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la
El sistema italiano de educación y formación está organizado según los principios de subsidiariedad y autonomía de las instituciones educativas.
El Estado tiene competencia legislativa exclusiva para las “normas generales en materia de educación” y para determinar los niveles esenciales de desempeño que deben garantizarse en todo el territorio nacional.
Además, el Estado define los principios fundamentales que las Regiones deben respetar en el ejercicio de sus competencias específicas.
Las Regiones tienen competencia legislativa concurrente en materia de educación y competencia exclusiva en materia de educación y formación profesional.
Las instituciones educativas estatales tienen autonomía docente, organizativa y de investigación, experimentación y desarrollo.
EDUCACIÓN INFANTIL
De cero a seis años. No es obligatoria.
Se divide en: guarderías (de cero a tres años), y escuela infantil (de tres a seis años). Ambas pueden ser gestionadas por las autoridades locales, directamente o mediante convenios, por otros organismos públicos o particulares.
PRIMER CICLO
De seis a catorce años. Obligatorio.
Se divide en:
Escuela primaria –de cinco años-, para alumnos de seis a once años.
Escuela secundaria inferior “Scuola media” -de tres años de duración-, para alumnos de once a catorce años.
Hasta la secundaria, el currículo educativo es el mismo para todos los alumnos, con independencia de si es una escuela privada o pública.
La educación obligatoria tiene una duración de diez años, de seis a dieciséis años de edad, e incluye los ocho años del primer ciclo de educación y los dos primeros años del segundo ciclo (Ley 296 de 2006), los cuales pueden cursarse en la escuela secundaria o en centros de educación y formación profesional.
Al finalizar el período de educación obligatoria, generalmente previsto al final del segundo año de la escuela secundaria, si el estudiante no continúa sus estudios, se emite una certificación de las competencias adquiridas (Decreto Ministerial 139 de 2007).
La educación obligatoria puede realizarse en colegios públicos y privados (ley 62 de 2000), pero también mediante la educación familiar. Sin embargo, el cumplimiento de la educación obligatoria debe estar sujeto a una serie de condiciones, como la realización de exámenes de idoneidad.
Los padres de los alumnos, o quienes ejerzan la responsabilidad parental, son responsables del cumplimiento de la obligación de educar a los menores, mientras que los ayuntamientos y los directores de las escuelas son responsables de supervisar el cumplimiento de la obligación.
SEGUNDO CICLO
El segundo ciclo de enseñanza se divide en dos tipos de itinerarios:
Escuela secundaria superior -de cinco años de duración-, para los estudiantes que hayan superado con éxito el primer ciclo de enseñanza. Los centros organizan cursos de bachillerato, instituto técnico e instituto profesional para estudiantes de catorce a diecinueve años, pero ya a los dieciséis deja de ser obligatorio.
Cursos de educación y formación profesional (IEFP) de tres y cuatro años de competencia regional, siempre dirigidos a estudiantes que hayan completado con éxito el primer ciclo educativo.
Cada etapa implica un examen al final del último año, requerido para obtener un título y tener acceso a educación superior.
Después de aprobar el examen estatal final de educación secundaria superior, el estudiante puede acceder a cursos de educación terciaria (universidad, Afam e ITS). Algunas carreras universitarias tienen un número limitado de plazas y los estudiantes deben superar una prueba de acceso.
EDUCACIÓN SUPERIOR
Ofrecida por Universidades, instituciones de Educación Superior Artística, Musical y de Danza (AFAM) y por Institutos Técnicos Superiores (ITS) con diferentes tipos de itinerarios:
Itinerarios de educación superior ofrecidos por Universidades.
Itinerarios de educación superior ofrecidos por instituciones de la AFAM (Educación Superior Artística, Musical y de Danza).
Cursos de formación superior ofertados por los ITS (Institutos Técnicos Superiores)
Educación no estatal
El artículo 33 de la Constitución italiana establece dos principios fundamentales: la obligación del Estado de ofrecer un sistema escolar estatal a todos los jóvenes y el derecho de las personas físicas y jurídicas a crear escuelas e instituciones educativas sin cargas para el Estado.
Las escuelas privadas están autorizadas a expedir títulos con el mismo valor legal que los de las escuelas públicas correspondientes; tienen plena libertad en cuanto a orientación cultural y orientación pedagógico-didáctica y se benefician de un tratamiento fiscal más favorable si no tienen ánimo de lucro.