Sistema educativo de España

El Sistema Educativo Español en el curso de referencia de esta publicación, 2022-2023, se encuentra regulado en los niveles anteriores a la universidad por la Ley Orgánica de Educación (LOE), con las modificaciones vigentes e implantadas de las recogidas en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) y en la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE).

El Sistema Educativo Español se estructura en enseñanzas de régimen general y en enseñanzas de régimen especial. Se incluyen dentro de las primeras la educación infantil, la educación primaria, la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y la educación universitaria. También están contempladas: la adecuación de estas enseñanzas al alumnado con necesidades educativas especiales, la educación a distancia para el alumnado que no puede asistir de modo regular a un centro docente y la educación de las personas adultas. Como enseñanzas de régimen especial se recogen las enseñanzas artísticas, las enseñanzas de idiomas y las enseñanzas deportivas.

Todas las enseñanzas especificadas se regulan por lo dispuesto en las leyes mencionadas, salvo la educación universitaria que se regula por la Ley Orgánica 4/2007 (LOMLOU), que modificó la LOU para desarrollar el Espacio Europeo de Educación Superior.

 

ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN GENERAL

Educación infantil

La Educación Infantil comprende hasta los seis años de edad, momento en el cual se produce la incorporación a la educación obligatoria. Tiene carácter voluntario y su finalidad es contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños. Se estructura en dos ciclos: el primero hasta los tres años de edad y el segundo desde los tres hasta los seis años en que comienza la educación obligatoria con el inicio de la Educación Primaria. El segundo ciclo tiene carácter gratuito.

Educación Primaria

La Educación Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos que conforman una progresión paulatina en el proceso enseñanza-aprendizaje, y que ordinariamente se realizan entre los seis y los doce años de edad. Con carácter general, el alumnado se incorpora al primer curso de la Educación Primaria en el año natural en el que cumple seis años. Su finalidad es proporcionar a todos los niños una educación común que haga posible la adquisición de los elementos básicos culturales, los aprendizajes relativos a la expresión oral, a la lectura, a la escritura y al cálculo aritmético, así como una progresiva autonomía de acción en su medio, y la detección de dificultades de aprendizaje que permitan un tratamiento individualizado temprano.

La Educación Primaria es impartida por maestros, que tienen competencia en todas las áreas de este nivel. Las enseñanzas de la música, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras que se determinen son impartidas por maestros con la especialización o cualificación correspondiente. Las decisiones sobre la promoción se adoptarán al finalizar los cursos segundo, cuarto y sexto, siendo ésta automática en el resto de cursos de la etapa. La decisión de permanecer un año más en el curso que se realiza, solo se podrá adoptar una vez durante la etapa y tendrá, en todo caso, carácter excepcional, y el equipo docente organizará un plan específico de refuerzo para que, durante ese curso, pueda alcanzar el grado de adquisición de las competencias correspondientes. En el curso 2022-2023 se implantan en los cursos impares de este nivel las modificaciones introducidas por LOMLOE en su currículo, organización y objetivos.

 

Educación secundaria y formación profesional

Educación Secundaria Obligatoria

La finalidad de la Educación Secundaria Obligatoria consiste en lograr que los alumnos adquieran los elementos básicos de la cultura, especialmente en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico; desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo; prepararlos para su incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral y su vida profesional, y formarles para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos. En ella se presta especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado, y se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad del alumnado.

La etapa de Educación Secundaria Obligatoria comprende cuatro cursos, que se siguen ordinariamente entre los doce y los dieciséis años de edad. Se organiza en materias y comprende dos ciclos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. El segundo ciclo o cuarto curso tiene un carácter fundamentalmente propedéutico, pudiendo los padres, madres o tutores legales o, en su caso, los alumnos y alumnas escoger entre la opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato o la opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional.

El alumnado al terminar esta etapa recibe el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, que le faculta para acceder al Bachillerato y a la Formación Profesional de Grado Medio. En cualquier caso, el alumnado recibe una acreditación del centro docente, en la que constan los años cursados y las calificaciones obtenidas en las distintas áreas. Al final de cada uno de los cursos se entrega al alumnado un consejo orientador que incluye un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta del itinerario más adecuado a seguir, que puede incluir la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.

Para impartir esta etapa es necesario tener el título oficial de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o equivalente, además de la formación pedagógica y didáctica de nivel de Postgrado, sin perjuicio de la habilitación de otras titulaciones que a efectos de docencia establezca el Gobierno para determinadas áreas, previa consulta a las Comunidades Autónomas.

En el curso 2022-2023 se implantan en los cursos impares de este nivel las modificaciones introducidas por LOMLOE en su currículo, organización y objetivos.

 

Bachillerato

El Bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los alumnos formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa, personal y profesional con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior. Comprende dos cursos académicos que normalmente se cursarán entre los dieciséis y los dieciocho años de edad. Puede acceder a los estudios de Bachillerato el alumnado que está en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

En el curso 2022-2023 se implantan en el primer curso las modificaciones introducidas por LOMLOE en su currículo, organización y objetivos. Según la LOMLOE las modalidades del bachillerato son Ciencias y Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales, Artes y General; y a su vez la modalidad de Artes se organizará en dos vías: Artes Plásticas, Imagen y Diseño, y Música y Artes Escénicas. En la LOMCE las modalidades eran Artes; Ciencias; y Humanidades y Ciencias Sociales. Estadística de las Enseñanzas no universitarias.

El alumnado al finalizar cualquiera de las modalidades del Bachillerato recibe el título de Bachiller. La consecución de este título faculta para acceder a la Formación Profesional de Grado Superior y a los estudios universitarios. Para impartir esta etapa se exigen las mismas titulaciones y la misma cualificación pedagógica que las requeridas para la Educación Secundaria Obligatoria.

 

Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Básico

Los Ciclos de Formación Profesional de Grado Básico son de oferta obligatoria para las Administraciones educativas, pero voluntarios para familias y alumnos, y de carácter gratuito. Para el acceso a esta enseñanza se requiere el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones: a) Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso (a partir de los diecisiete años se podrá cursar como educación de personas adultas). b) Haber cursado el primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria. c) Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo formativo de Grado Básico.

Estas enseñanzas tienen una estructura modular, incluyendo módulos profesionales que garantizan la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente (de Comunicación y Ciencias Sociales y de Ciencias Aplicadas), módulos profesionales que garantizan la formación necesaria en competencias profesionales para la vida profesional y la inserción laboral, y un módulo profesional de Formación en Centro de Trabajo (FCT) que se desarrolla en la empresa y tiene como objetivo fundamental completar la adquisición de competencias profesionales alcanzadas en el centro docente. La duración de los ciclos formativos es de 2.000 horas, equivalente a dos cursos académicos a tiempo completo; dicha duración puede ser ampliada a tres cursos académicos en los casos en que los ciclos son incluidos en proyectos o programas de Formación Profesional dual.

El alumnado que supera esta enseñanza obtiene el Título Profesional Básico correspondiente a las enseñanzas cursadas, título oficial de la Formación Profesional del sistema educativo, y también el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

 

Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio

Se accede, con carácter general, con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, y con el título Profesional Básico. También se puede acceder a través de un procedimiento de admisión regulado por las Administraciones educativas. Estas enseñanzas tienen una estructura modular, incluyendo un módulo profesional de Formación en Centro de Trabajo (FCT) que se desarrolla en la empresa y tiene como objetivo fundamental completar la adquisición de competencias profesionales alcanzadas en el centro docente. El alumnado que supera esta enseñanza obtiene el título de Técnico del correspondiente ciclo.

 

Ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Superior

Se accede, con carácter general, con el título de Técnico de la Formación Profesional de Grado Medio, y con el de Bachiller, por lo que tiene carácter de enseñanza superior. También se puede acceder a través de un procedimiento de admisión regulado por las Administraciones educativas. Estas enseñanzas tienen una estructura modular, incluyendo un módulo profesional de Formación en Centro de Trabajo (FCT) que se desarrolla en la empresa y tiene como objetivo fundamental completar la adquisición de competencias profesionales alcanzadas en el centro docente. Cada módulo lleva asociado el número de créditos ECTS que el corresponden.

El alumnado que supera esta enseñanza obtiene el título de Técnico Superior del correspondiente ciclo.

 

Cursos de Especialización de Formación Profesional

Los cursos de especialización tienen por objeto complementar las competencias de quienes ya disponen de un título de formación profesional y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida. Los cursos de especialización versan, dentro de su mismo nivel de formación, sobre los aspectos y áreas que implican profundización en el campo de conocimiento de los títulos de referencia, o bien una ampliación de las competencias que se incluyen en los mismos. Para cada curso de especialización se especifican los títulos de formación profesional que dan acceso al mismo. La duración, con carácter general, se fija entre 300 y 600 horas de formación, incorporando también un módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT), cuando se considera necesario.

Se clasifican entre los cursos de especialización dirigidos exclusivamente a personas que poseen titulaciones de Técnico Superior (Grado Superior), y los que requieren titulaciones de Técnico (Grado Medio), aunque también puedan realizarse por algunas titulaciones de Técnico Superior.

 

Otros programas formativos

Estos programas están destinados a la compensación de las desigualdades promoviendo la igualdad de oportunidades, y a dar continuidad a la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, así como a otros colectivos con necesidades específicas, proporcionando ofertas formativas adaptadas a sus necesidades, establecidas y autorizadas por las Administraciones educativas. Pueden incluir módulos profesionales y otros módulos de formación apropiados para la adaptación a sus necesidades, pero estos programas no conducen directamente a la consecución de un título oficial del sistema educativo, si bien los módulos superados pueden ser reconocidos a efectos de continuar estudios.